Centrándonos en España y con la última normativa publicada en el BOE del 29 de diciembre de 2017, la normativa para el vuelo de drones en España define diferentes escenarios en los que aplica restricciones distintas. En España se definen diferentes escenarios de vuelo con restricciones específicas para cada uno
Zonas no pobladas (VLOS): se podrá volar el drone a una distancia máxima de 500m respecto al piloto y a una altura máxima de 120m. Pero aquí ahora hay que añadir una excepción que se denomina EVLOS (Visual Line of Sight Extended).
Gracias a la ayuda de un piloto observador (piloto con certificado para vuelos de RPAS) y con la ayuda de algún sistema de comunicación verbal podremos ampliar el radio de vuelo hasta en otros 500m adicionales.
Todo esto aplica para aeronaves que no superen los 25kg de peso y siempre bajo condiciones de visibilidad óptimas. Si contamos con un drone cuyo peso no supere los 2kg de peso podremos volar en modo BVLOS, más allá de la línea visual.
Aquí la limitación la pone el radio de acción que permite nuestro drone y siempre que tengamos un sistema de transmisión de imágenes para saber en todo momento su posición. Para hacerlo con drones de más de 2kg y menos de 25kg el requisito será que cuenten con un sistema Detect & Avoid (permite detectar y esquivar otras aeronaves así como ser detectados) homologado y contar con permiso de AESA.
Zonas urbanas y sobre aglomeraciones de personas ahora es un escenario que se define de forma más clara aunque con algunas limitaciones más exigentes que en zonas no pobladas.
Para empezar el drone no podrá estar a una distancia máxima de 100m del piloto y a una altura de 120m, no podrá pesar más de 10kg, hay que tener autorización AESA y permiso del Ministerio de Interior para que acoten la zona donde vamos a volar. Si no lográsemos esa acotación de la zona habrá que mantener la precaución de no volar a menos de 50m respecto a edificios o personas.
Zonas de espacio aéreo controlado es otro de los escenarios definidos aunque aquí por motivos lógicos de seguridad el volar un drone se complica. Junto a las limitaciones de no superar los 120m de altura y el radio de acción de 100m es imprescindible que el piloto del drone sea radiofonista, es decir, pueda comunicarse con el control aéreo de la zona.
Luego hay otras limitaciones de cara a distancia respecto a las pistas, aeropuertos, etc. Por lo particular del escenario aquí es imprescindible hablar con todos los organismos y entidades que controlan la zona. Ahora podremos hacer vuelos nocturnos pero habrá que cumplir las normas, especialmente por seguridad
Vuelo nocturno, nuevo escenario de vuelo contemplado, nos exige tener un sistema de iluminación que nos garantice la visibilidad del drone y autorización de AESA. Las limitaciones de distancias son las mismas de antes.
Vuelo con control desde vehículos en movimiento. Aquí, junto a las distancias de vuelo máximas establecidas, será clave asegurar que en ningún momento el piloto perderá de vista el drone desde el vehículo.
Estas son las zonas donde ahora se define cómo se puede volar. Pero también hay zonas o situaciones donde nunca se podrá volar o hará falta hacerlo con permisos incluso cuando sean zonas no pobladas. Por ejemplo, todos aquellos lugares donde el vuelo está prohibido como zonas miliares, peligrosas, espacios de protección de aves, etc. Para volar drones de más de 2kg de peso, cuando vayamos a hacerlo en modo BVLOS, cuando sean vuelos nocturnos, etc. además obligan a tener un permiso específico para tal acción.
Dejando a un lado estos escenarios más específicos por temas obvios de seguridad, una vez que somos operadores de vuelo certificados lo que sí debemos tener en cuenta es que hay que avisar a AESA para todos aquellos vuelos profesionales, aportando datos de la zona, pilotos que participarán, nave con la que lo haremos, etc.
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Sanciones por volar drones de forma inadecuada
Un dron es una aeronave y no podemos olvidarlo, por eso hay que volar siempre de forma segura, respetando todas las normativas y contando con los permisos adecuados para cada actividad que vayamos a realizar. Si no es así AESA podría emitir una sanción económica importante.
Hay tres tipos de sanciones que como pilotos de drones podríamos recibir:
- Leves, aquellas que se generan por un uso inapropiado pero no han causado daños físicos o materiales, o bien por no ser un operador habilitado y sobrevolar zonas no permitidas. En estos casos la sanción más baja es de 60 euros y la más alta de 45.000 euros.
- Graves, aquella motivadas por lesiones graves causadas por el vuelo con dron. Como, por ejemplo, daños y perjuicios a bienes materiales y derechos. Las cuales acarrearían multas de entre 45.001 y 90.000 euros.
- Muy graves, infracciones donde se han ocasionado muertes o accidentes aéreos con daños a bienes superiores a 15.000 euros. En estos casos el importe de multa máxima va entre los 90.001 hasta los 225.000 euros.
De todos modos, aunque estas cifras sean altas e incluso algo intimidantes, hay que saber que la normativa de drones aún no tiene establecido cada caso de forma exacta. Por tanto, más que tener miedo por volar un dron lo que debemos hacer es asegurarnos de hacerlo con seguridad y cumpliendo las normativas.
Si lo que vamos a hacer son vuelos recreativos y serán habituales, contar con un seguro de responsabilidad civil es un acierto y muy recomendable. Porque aún sin ser necesario por ley, si por algún motivo pensamos que podríamos causar algún daño tener un seguro sería práctico. Con estos seguros se suele cubrir hasta 300.000 euros en caso de que el dron pese menos de 20kg o hasta 960.000 euros si pesa más de 20 kg. Según la aseguradora, estos seguros de responsabilidad civil tendrían un coste entre 150 y 300 euros.